Se busca garantizar un trato respetuoso, adecuado y libre de cualquier violencia o abuso a los adultos mayores del estado.

Se busca garantizar un trato respetuoso, adecuado y libre de cualquier violencia o abuso a los adultos mayores del estado.

  • Se establece la prohibición de realizar actos de discriminación, abuso, explotación, aislamiento, o a ejecutar actos de mendicidad

Para establecer con mayor claridad las obligaciones de las familias y las responsabilidades de quienes tengan relación directa en el cuidado de  adultos mayores, para que reciban un trato respetuoso, libre de cualquier forma de violencia o abuso, el Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a diversos artículos de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí.

El diputado Marco Antonio Gama, presidente de la Comisión de Derechos Humanos que dictaminó esta iniciativa, propuesta por la diputada Diana Ruelas Gaitán, señaló que con esta modificación se busca establecer claramente la prohibición a que cualquier persona, ya sea que forme parte de la familia o no, realice actos de discriminación, abuso, explotación, aislamiento, o conductas que tengan por efecto forzar, presionar o inducir a ejecutar actos de mendicidad, trabajos forzados o actividades que atenten contra su dignidad o su salud física o mental o cualquier tipo de violencia contra la persona adulta mayor.

Además de cualquier acción u omisión que implique riesgo, menoscabo o afectación a su integridad personal, dignidad, ingresos, bienes o patrimonio, tales como el despojo, la retención indebida de recursos, la suplantación de identidad o la celebración de actos jurídicos que vulneren sus derechos.

Por ello, todo acto que configure alguna de estas conductas deberá denunciarse de inmediato ante la autoridad competente, quien deberá activar los mecanismos de protección, investigación y restitución de derechos que resulten procedentes.

Se establece que cuando cualquier ciudadano cometa actos de discriminación, abuso, explotación, aislamiento o violencia en contra de una persona adulta mayor, que pongan en riesgo su integridad física o psicológica, así como sus derechos, o la obligue a realizar actos de mendicidad, trabajos forzados o cualquier otra actividad que atente contra su dignidad y vaya en perjuicio de su salud física o mental, será sancionado conforme a las leyes aplicables en la materia en el Estado.

Señala que con esta modificación, se busca garantizar que toda persona adulta mayor reciba un trato respetuoso, libre de cualquier forma de violencia o abuso, persiguiendo el objetivo de respetar la autonomía en la vida de los adultos mayores, en un contexto de observación y práctica de sus derechos, apoyado por su familia,

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